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ayudas a la gestión del Plan

El reto

Es conveniente y está establecida la obligatoriedad de llevar al día el Plan de Uso y Mantenimiento del Edificio. Los propietarios o la persona en que estos deleguen, reciben y registran las labores de mantenimiento, reparación o reforma que se lleven a cabo.

La respuesta

Los propietarios pueden autogestionar su Plan de Uso y Mantenimiento del Edificio, o podemos ayudarles a hacerlo. Seguir las pautas de mantenimiento permite llevar el cuidado y control adecuado para corregir el paulatino deterioro del edificio. 

Ofrece

AYUDAS PARA

  • Anticipar las operaciones preventivas que pueden evitar problemas más graves. 
  • Tener fichas de contratación completas, listas para poner en marcha el plan de mantenimiento.
  • Guardar facturas, presupuestos y documentos de reparaciones y mantenimiento, de forma pública y segura.
  • Las inspecciones periódicas establecidas en el plan de mantenimiento.

El Plan de uso y mantenimiento del edificio (PUME) en edificios de más de 50 años, al igual que la Inspección Técnica del Edificio (ITE), y el Libro del edificio (LEen edificios de nueva construcción, tienen carácter obligatorio según la legislación: 

Ley 38/1999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación / CAPÍTULO II / Artículo 7. Documentación de la obra ejecutada

Real Decreto 314/2006 Código Técnico Edificación / Parte I / Artículo 8. Condiciones del edificio / 8.1 Documentación de la obra ejecutada y 8.2 Uso y conservación del edificio

Decreto 250/2003 sobre el Libro del edificio / Artículo 10. Formalización del Libro del Edificio 

Decreto 241/2012 sobre Inspección Técnica de Edificios / Artículo 14. Procedimiento para la realización de la ITE / 3 y 4

Decreto 117/2018 sobre Inspección Técnica de Edificios / Capítulo V. Plan de Uso y Mantenimiento

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